El programa de vales de elección de vivienda, también conocido como "Sección 8, "ayuda a personas de bajos ingresos, ciudadanos discapacitados y ancianos para cerrar la brecha entre sus ingresos mensuales y el costo del pago del alquiler. Para recibir asistencia de la Sección 8, los hogares deben cumplir con los requisitos específicos de elegibilidad y cumplir con las reglas y regulaciones del programa.
La asistencia para el alquiler de la Sección 8 es administrada por agencias locales de vivienda pública, que reciben financiación del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. El objetivo del programa es brindar vivienda a familias de bajos ingresos, así como personas mayores y discapacitadas, proporcionando asistencia financiera en forma de vales para cubrir una parte del alquiler mensual. El programa está disponible para ciudadanos estadounidenses e inmigrantes legales. La elegibilidad para el programa se basa en el cumplimiento de los requisitos de ingresos y empleo.
Generalmente hablando, para cumplir con los requisitos de ingresos para la elegibilidad en el programa los ingresos de un hogar, incluidos los cheques del Seguro Social, pagos de intereses y dividendos, debe ser el 50 por ciento o menos que el ingreso medio del condado o del área designada donde residirá la familia. Esta limitación de ingresos se ajustará de acuerdo con el número de miembros del hogar, con familias más grandes que tienen umbrales de ingresos más altos que las familias más pequeñas. Debido a la amplia gama de niveles de ingresos medios en todo el país, Los requisitos de ingresos de la Sección 8 pueden variar sustancialmente. Los requisitos de ingresos para áreas específicas se pueden determinar comunicándose con la autoridad local de vivienda pública.
La elegibilidad en el programa requiere que al menos un adulto en la casa esté empleado durante 12 meses continuos y trabaje al menos 32 horas por semana antes de la solicitud de asistencia. La participación en una formación relacionada con el trabajo o un programa académico durante esos 12 meses también es suficiente para cumplir con este requisito. Este requisito de elegibilidad también se puede cumplir si un solicitante que está recibiendo beneficios por desempleo o pagos de compensación para trabajadores al momento de presentar la solicitud trabajó 32 horas por semana durante los 12 meses inmediatamente anteriores al inicio del pago de beneficios.
La asistencia de la Sección 8 puede ser denegada por razones relacionadas con los ingresos, asuntos legales, o no cumplir con las reglas que rigen la participación en la Sección 8. La PHA local revisará el nivel de ingresos del hogar anualmente. Si el ingreso verificado del hogar excede el 80 por ciento del nivel de ingreso medio local, se negará la asistencia. La denegación de asistencia también puede ocurrir por una variedad de infracciones legales, incluida la producción de metanfetamina en las zonas de viviendas asistidas. No cumplir con los requisitos de la Sección 8, como subarrendar el alquiler o no proporcionar la documentación de ingresos solicitada, también puede resultar en la denegación de asistencia.
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano es la agencia del gobierno federal que establece las regulaciones y administra el presupuesto nacional para el programa de vivienda de la Sección 8. El
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