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La política de invitados para viviendas de la Sección 8

Si recibe asistencia para el alquiler bajo el programa de la Sección 8, también conocido como el programa de vales de elección de vivienda, estás sujeto a dos conjuntos de reglas. Primero, debe cumplir con las pautas generales de la Sección 8 establecidas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. y la autoridad de vivienda local. Segundo, está obligado por los términos del contrato de arrendamiento de su propiedad. Generalmente, a menos que su contrato de arrendamiento estipule lo contrario, los huéspedes están permitidos en las propiedades de la Sección 8. El problema surge cuando los huéspedes se vuelven más como compañeros de habitación y usted no alerta al propietario o la autoridad de vivienda sobre los cambios.

Ocupantes de la Sección 8

Para calificar para la Sección 8, debe informar los ingresos de todos los adultos que viven en su hogar. También debe proporcionar información de antecedentes de todas las personas que viven en su casa. La autoridad de vivienda local, que procesa y aprueba su solicitud de la Sección 8, utiliza esta información para calificarlo para los vales de vivienda. Usan la información de ingresos para determinar cuánto alquiler usted será responsable de pagar y cuánta asistencia puede recibir. Usan la información personal para realizar verificaciones de antecedentes de todas las personas que vivirán en su casa. Las personas con ciertos tipos de condenas penales en su historial pueden no ser elegibles para vivir en viviendas de la Sección 8. Por estas razones, debe proporcionar toda esta información a la autoridad de vivienda antes de que se le pueda aprobar para los vales.

Política de invitados

Antes de mudarse a su nuevo hogar, discuta la política de huéspedes con la autoridad de vivienda local y con el propietario. Los propietarios pueden diseñar sus propias pautas con respecto a los huéspedes, pero espere encontrar una situación en la que los huéspedes puedan quedarse durante un período determinado para cumplir con las aprobaciones del propietario. Si se entera de estos términos y acepta los vales y firma el contrato de arrendamiento, entonces se le pedirá que se adhiera a ellos.

Invitados versus nuevos inquilinos

Si tiene invitados en la casa que tienen la intención de extender su estadía más allá de las pautas aceptables para "invitados" en su contrato de arrendamiento o según lo establecido por la autoridad de vivienda local, entonces debe alertar al propietario y a la autoridad de vivienda de inmediato. Es posible que los huéspedes de estadías prolongadas deban agregarse al contrato de arrendamiento, y es posible que la autoridad de vivienda deba agregar sus ingresos a los ingresos de su hogar. Es probable que sus ingresos reduzcan la cantidad de asistencia que recibe, ya que se espera que contribuyan al alquiler. Tanto la autoridad de vivienda como el arrendador tienen derecho a negarse a permitir que su nuevo inquilino propuesto se mude. Su nuevo inquilino también deberá aprobar una verificación de antecedentes, tal como lo hizo cuando le aprobaron los vales de vivienda.

Rompiendo las reglas

Permitir que un huésped se quede más tiempo de su bienvenida y se establezca en su hogar podría tener graves consecuencias para usted. Puede ser desalojado y puede perder su asistencia de la Sección 8. Si pierde la asistencia de la Sección 8 por violar las reglas, es posible que no pueda calificar para ningún tipo de asistencia de vivienda en el futuro, incluida la vivienda pública.