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Leyes de propiedad indivisa en Texas

Texas, como otros estados, reconoce dos tipos principales de propiedad indivisa:tenencia conjunta y tenencia en común. También reconoce la propiedad comunitaria. La tenencia conjunta y la tenencia en común se derivan de los antiguos conceptos del derecho consuetudinario inglés, mientras que la propiedad comunitaria es una innovación relativamente nueva diseñada para parejas casadas. Los bienes raíces y las cuentas bancarias a menudo se mantienen como propiedad indivisa.

Tenencia conjunta

Todos los inquilinos conjuntos poseen cada uno el 100 por ciento de la propiedad. Si la propiedad es inmobiliaria, esto significa que todos tienen el mismo derecho a vivir allí, y que no pueden vender toda la propiedad sin el consentimiento de todos los demás inquilinos; un inquilino conjunto solo puede vender su participación indivisa. Si un inquilino muere, su interés en la propiedad se extingue. No puede legarlo a sus herederos, incluso bajo su voluntad. Dado que un inquilino conjunto puede transferir su parte sin el consentimiento de los demás inquilinos, un acreedor de un inquilino puede convertirse en inquilino en caso de quiebra.

Tenencia en común

Bajo un arrendamiento en común, todos los inquilinos poseen un interés indiviso en la propiedad. Esto significa que si la propiedad es inmobiliaria, ningún inquilino puede excluir a otro inquilino de ninguna parte de la propiedad. Sin embargo, los inquilinos pueden poseer acciones desiguales:un inquilino puede poseer 1/3 de ellas, por ejemplo, y un inquilino puede poseer 2/3, que puede volverse relevante en el caso de una partición ordenada por un tribunal. Un inquilino puede legar su parte indivisa por testamento. Los arrendamientos en común se utilizan a menudo para transferir bienes inmuebles sin impuesto a las ganancias de capital según la Sección 1031 del Código de Rentas Internas. En Texas, las cuentas bancarias mancomunadas se tratan como arrendamientos en común, salvo que exista un acuerdo en contrario.

Propiedad de la comunidad

Texas es uno de los estados minoritarios que reconocen la propiedad comunitaria entre parejas casadas. Bajo un sistema de propiedad comunitaria, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges en partes iguales e indivisas. La propiedad comunitaria puede dividirse por orden judicial en caso de divorcio. pero no necesariamente en proporciones iguales. Pertenece al cónyuge supérstite en caso de fallecimiento. Las complicaciones surgen si la pareja vivió en un estado de propiedad no comunitaria durante parte del tiempo que estuvieron casados.

Tenencia por la totalidad

La tenencia en su totalidad es reconocida por muchos estados, pero solo puede ser aceptado por un esposo y una esposa. En arrendamiento por la totalidad, Ambos cónyuges poseen un interés indiviso en la propiedad, y ninguno podrá transferirlo sin el consentimiento del otro. Si uno de los cónyuges muere, el cónyuge restante se convierte en el único propietario. Si la pareja se divorcia, La propiedad se convierte en arrendamiento en común. Texas ya no reconoce la tenencia en su totalidad:no se hará cumplir una disposición en un documento que pretende otorgar a un esposo y esposa una tenencia en su totalidad, y la propiedad será tratada como propiedad comunitaria.