Un empleador que patrocina un plan de seguro médico asequible para sus trabajadores asume una parte significativa de los costos. La cobertura de los cónyuges de los empleados aumenta esos costos si esas primas también están subsidiadas. Como resultado, Es posible que deba pagar un recargo por cónyuge para cubrir a su cónyuge que trabaja bajo el plan de seguro médico patrocinado por su empleador. El recargo para el cónyuge significa que el empleado paga más para cubrir a un cónyuge que tiene otras opciones de cobertura de seguro médico.
El recargo para el cónyuge se aplica cuando un cónyuge que trabaja tiene acceso a un seguro médico grupal comparable en su trabajo y elige no inscribirse en ese plan. El monto del recargo, como $ 30 o $ 50 por período de pago, actúa como un incentivo para que los cónyuges se inscriban en el plan de atención médica de su propio empleador y permite que la empresa sufrague algunos de los costos de subsidiar la póliza para que pueda continuar permitiendo la inscripción. para cónyuges que necesitan cobertura.
Cada empleador decide bajo qué circunstancia cubrirá a los cónyuges o aplicará el recargo por cónyuge. Los empleadores a menudo restringen la cobertura del cónyuge sin pagar un recargo a los cónyuges desempleados, o cónyuges trabajadores cuyos empleadores no ofrecen seguro médico. Muchos extienden la cobertura sin recargos si el plan ofrecido por el empleador del cónyuge no cumple con los estándares específicos. tales como montos máximos para la prima y el deducible.
Algunos empleadores renuncian al recargo si el cónyuge se inscribe en ambos planes del empleador y el plan de su empleador es el principal. Es posible que el recargo para el cónyuge tampoco se aplique si el cónyuge es elegible para Medicare u otro plan de seguro médico patrocinado por el gobierno. Los empleadores generalmente renuncian al recargo del cónyuge temporalmente si el cónyuge no puede inscribirse en el plan de su empleador hasta la próxima inscripción abierta.
Un empleado que desea cobertura para un cónyuge bajo el plan de seguro médico patrocinado por su empleador debe inscribir activamente al cónyuge cada año durante la inscripción abierta. El plan no volverá a inscribir automáticamente a un cónyuge cubierto. La inscripción anual incluye un proceso de afirmación que requiere que los empleados lean y estén de acuerdo con ciertas declaraciones sobre la inscripción de un cónyuge. La empleada afirma que tiene la intención de inscribir a su cónyuge, que el cónyuge no tiene acceso a un seguro a través de su trabajo o que el seguro no cumple con los estándares específicos de asequibilidad. Después de las afirmaciones, el proceso de inscripción incluye advertencias sobre tergiversaciones y recuerda a los empleados el requisito de informar los cambios que afectan la cobertura del cónyuge.
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