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¿Sigue jubilándose el cónyuge divorciado de un miembro militar si se vuelve a casar?

La excónyuge de un miembro de las fuerzas armadas no pierde su parte de la paga de jubilación militar si se vuelve a casar; en cambio, la Ley de Protección del Excónyuge de Servicios Uniformados requiere que, si comienza a recibir beneficios bajo el Plan de Beneficios para Sobrevivientes después de la muerte de su excónyuge, ella perderá esos beneficios si se vuelve a casar antes de cumplir 55 años.

Ley de protección del ex cónyuge

Bajo la USFSPA, un excónyuge de un militar es elegible para solicitar una parte de los beneficios de jubilación de su excónyuge siempre que el matrimonio cumpla con ciertos requisitos. El miembro militar debe haber servido un mínimo de 20 años acreditables de servicio en el ejército; el matrimonio se superpuso al servicio militar por al menos 20 años; el matrimonio duró un mínimo de 20 años. Estos ex cónyuges pueden reclamar una parte de los beneficios de jubilación y tienen derecho a los beneficios de atención médica de Tricare y a los privilegios completos de intercambio de base y de economato.

Excepciones de USFSPA

El excónyuge que no cumple con la regla 20/20/20, pero cuyo matrimonio superpuso el servicio militar por 15 años tiene derecho a recibir beneficios médicos militares completos hasta por un año después de que finalice el divorcio. Puede comprar una póliza de seguro de salud de conversión negociada por el Departamento de Defensa. Para seguir siendo elegible para la cobertura completa, no puede volver a casarse ni participar en un plan de cobertura de salud ofrecido por su empleador.

Beneficios por casamiento y jubilación

Si un ex cónyuge militar se vuelve a casar, no pierde su parte de los beneficios de jubilación al volver a casarse. Bajo la ley de divorcio, los beneficios de jubilación se consideran una "división de los bienes conyugales, "que debería estar cubierto por la documentación del divorcio. Si su excónyuge muere y ella estaba cubierta por el Plan de Beneficios de Sobreviviente bajo el plan de" excónyuge ", perdería sus beneficios si se volviera a casar antes de cumplir los 55 años; si ese matrimonio termina en divorcio o muerte, se reanudan los beneficios de SBP.

Justificación de los beneficios de jubilación para el excónyuge

El USFSPA fue promulgado porque los cónyuges militares enfrentan dificultades inusuales para establecer y mantener una carrera separada de sus cónyuges miembros militares; porque deben someterse a cambios permanentes de estación cada dos años, construir una historia con un empleador es difícil. Los cónyuges de militares también pierden la capacidad de acumular fondos en sus propias cuentas de jubilación. Si la pareja decide divorciarse, el cónyuge no militar puede quedarse con poco, Si alguna, ingresos porque se ha mudado con su cónyuge militar de un lugar de destino a otro. Su capacidad para mantenerse al día en su campo profesional, y mucho menos mantener sus habilidades profesionales, se ve afectado negativamente por los movimientos requeridos por los militares. Otra consideración es que el excónyuge ayudó a su cónyuge militar con su carrera:cuidar de los niños y el hogar, participar en funciones de la unidad y representar a su cónyuge en cenas, eventos formales y eventos de unidad de cónyuges. Si su cónyuge se envía a una zona de guerra, ella es la única responsable del hogar y los niños.

Elegibilidad del excónyuge

El ex cónyuge militar no es automáticamente elegible para los beneficios de jubilación. beneficios para sobrevivientes, cobertura de salud, Comisaría o beneficios posteriores al intercambio. El USFSPA ordena a los estados individuales que traten el pago de jubilación militar de la misma manera que tratan los planes de pensiones civiles. Esto permite que la paga de jubilación militar se divida como liquidación de propiedad. Según los requisitos de la USFSPA, el excónyuge es elegible cuando estuvo casada con el militar durante al menos 10 años, durante el cual el miembro estuvo en el ejército durante al menos 10 años acreditables.