¿Cuáles son mis derechos contra un vecino de la Sección 8?
La vivienda de la Sección 8 es un programa de asistencia para el pago de alquiler subsidiado por el gobierno federal, creado y administrado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD). La intención del programa es ayudar a las familias de bajos ingresos a mantener un lugar seguro para vivir ayudándoles a pagar el alquiler con vales. Cuando vive al lado de un vecino de la Sección 8 que está violando los términos de su contrato de arrendamiento o participando en una actividad criminal, otros vecinos tienen el derecho y la responsabilidad de reportar esas violaciones al propietario.
Actividad ilegal
Si el vecino de la Sección 8 está involucrado en actividades ilegales como el robo del tráfico de drogas y lo observa, no es suficiente notificar al arrendador; debe involucrar a las autoridades locales. Sus derechos contra un vecino de la Sección 8 en este sentido son los mismos que tendrían con cualquier otro vecino que participa en un comportamiento ilegal.
Infracciones de arrendamiento
Si el vecino de la Sección 8 está violando los términos de su contrato de arrendamiento, no mantener la propiedad o infligir daños intencionales o accidentales a las áreas comunes, debe informar esto al propietario. Desde allí, el propietario determinará si la infracción es lo suficientemente grave como para desalojar al inquilino. Puede optar por emitir una advertencia, en lugar de. Si cree que el propietario no está manejando correctamente la situación con el vecino, o si el inquilino continúa dañando áreas comunes u otra propiedad, tiene derecho a comunicarse con la oficina de vivienda local y presentar una queja ante la ciudad.
Discriminación
Debido a su situación de desventaja económica, los beneficiarios de la Sección 8 a menudo se enfrentan a la discriminación. Es ilegal que un arrendador discrimine a un solicitante de alquiler de la Sección 8 por motivos de raza, color, estado civil o ingresos. Discriminar a un vecino de la Sección 8 sin causa es una violación directa de las Leyes de Vivienda Justa. Tenga en cuenta este hecho cuando se enfrente a problemas con los vecinos de la Sección 8.
Participación de la comunidad
Aceptar los vales de la Sección 8 es una decisión que se deja completamente en manos del propietario. Si el arrendador no presenta una propiedad para la aprobación de la Sección 8, la propiedad no es elegible para los beneficiarios de la Sección 8. Si le preocupa el estado de la Sección 8 de una propiedad, Comuníquese con el dueño de la propiedad y pregunte si ha decidido solicitar la propiedad para consideración de la Sección 8.
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