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¿Se sale de todas las deudas si se declara en bancarrota?

Una de las razones más comunes para declararse en bancarrota es liquidar su abrumadora deuda y comenzar sus finanzas desde cero. Pero el hecho de que se declare en bancarrota no significa que su responsabilidad por cada tipo de deuda desaparezca repentinamente.

¿Qué deuda cubre la quiebra?

Solo ciertos tipos de deuda califican para la descarga. Quizás el factor más importante es el tipo de declaración de bancarrota que elija, el Capítulo 7 o el Capítulo 13. Continúe leyendo para averiguar exactamente qué deudas califican para cada tipo de bancarrota. También le mostraremos cómo determinar qué ruta es mejor para usted y su situación financiera.

¿Qué deudas califican para la quiebra?

Esencialmente, casi todas las deudas legales son deudas que califican para que usted se declare en bancarrota, siempre que pueda probar que su situación financiera general hace que le sea imposible pagarlas.

Los perfiles financieros pueden incluir cualquier combinación de deudas de consumidores y no consumidores. La bancarrota puede ser el resultado de cualquier cosa, desde inversiones o decisiones comerciales sin éxito hasta una mala administración del dinero, enfermedades, pérdida de empleo, desastres naturales o una recesión económica.

Cualquiera que sea la razón, es su estado financiero general lo que determinará si califica, no las deudas particulares en sí. Sin embargo, hay varias categorías de deudas, y el tipo que tenga puede afectar su elegibilidad para el alivio de la deuda.

Además, ciertas deudas no pueden cancelarse bajo el Capítulo 7, aunque pueden serlo para el Capítulo 13. Comprender el vocabulario de la deuda y las diferentes categorías de deudas que rodean la bancarrota lo ayudará a comprender mejor el proceso. Le permitirá tomar una decisión inteligente e informada sobre su futuro financiero.

¿Cuáles son los diferentes tipos de deudas?

Los dos tipos principales a tener en cuenta son la deuda garantizada y la deuda no garantizada.

Deuda garantizada

La deuda garantizada se refiere a la deuda que tiene una garantía o un activo físico detrás, incluidas casas y automóviles.

Estas deudas están garantizadas por el valor del objeto que se paga, lo que proporciona seguridad para la deuda. Si no paga el préstamo, el acreedor puede ejecutar la hipoteca de su casa o embargar su automóvil para recuperar la cantidad que se prestó.

Deuda no garantizada

La deuda no garantizada se relaciona con préstamos puramente monetarios o con deudas que no tienen garantía física. Esto incluye deudas de tarjetas de crédito y cualquier tipo de anticipo de efectivo o préstamo por un servicio o artículo que no sea un activo.

En la deuda no garantizada se incluyen las facturas médicas, las sentencias judiciales y las cuentas de crédito en cobros. La deuda de préstamos estudiantiles también puede no estar garantizada, pero a menudo están "garantizados" por el gobierno y tienen reglas especiales que se aplican a ellos.

Deuda de consumo versus deuda de no consumidor

Otra distinción común que se hace entre los tipos de deuda es la de consumidores frente a la de no consumidores. Si bien este lenguaje se usa con frecuencia para hablar sobre deudas, puede ser un poco vago.

En términos generales, la deuda del consumidor se refiere a préstamos no garantizados y facturas pendientes de cosas compradas con ingresos disponibles. Por otro lado, la deuda que no es de consumo sería la deuda relacionada con cosas esenciales como impuestos, educación y vivienda. Si no está seguro de cuál es cuál, su abogado puede ayudarlo.

Deuda a plazos vs. Deuda rotativa

La tercera distinción de la deuda es entre la deuda a plazos y la deuda renovable. La deuda a plazos se refiere a cualquier préstamo en el que realiza pagos regulares y fijos.

La deuda renovable se refiere a la deuda que fluctúa, como la deuda de tarjetas de crédito, los préstamos de día de pago y las líneas de crédito con garantía hipotecaria. En lugar de tener un monto fijo que paga por un período de tiempo predeterminado, su monto mensual cambia según la cantidad de crédito que haya utilizado.

¿Qué deudas califican para una descarga del Capítulo 7?

El Capítulo 7 cancela rápidamente la mayoría de sus deudas (aunque no todas). Sin embargo, hay varios requisitos que debe cumplir personalmente para solicitar este tipo de bancarrota.

Lo más importante es que debe pasar una "prueba de medios". No puede ganar más de una determinada cantidad de dinero, que varía según el estado en el que vive y el tamaño de su familia.

Tampoco puede tener suficientes ingresos disponibles para cubrir al menos parte de sus pagos mensuales de deuda durante cinco años. Una declaración de bancarrota del Capítulo 7 está diseñada para personas que enfrentan dificultades financieras. Si termina calificando, existen algunas restricciones sobre cuáles de sus deudas pueden cancelarse.

Las deudas que califican para la descarga de bancarrota del Capítulo 7 son en su mayoría deudas de consumo y no garantizadas, con varias excepciones notables. Las deudas que no se descargan incluyen la mayoría de las deudas garantizadas y no de consumo, como su casa, automóvil y bienes raíces.

Otras deudas que no se descargan incluyen deudas por ciertos impuestos, deudas de préstamos estudiantiles del gobierno, deudas tributarias de los últimos cuatro años, pensión alimenticia y manutención de niños. Deudas criminales tales como deudas por muerte o lesiones personales causadas por un D.U.I. tampoco son descargados bajo una bancarrota del Capítulo 7.

¿Qué deudas son elegibles para una descarga del capítulo 13?

La presentación de la bancarrota del Capítulo 13 implica someterse a un período de pago que dura entre tres y cinco años. Dependiendo de sus ingresos y otras obligaciones financieras, destina sus ingresos discrecionales restantes a su deuda pendiente.

Los pagos luego son distribuidos por el síndico de la quiebra a los acreedores calificados. Al final del período de pago, dichas deudas se consideran saldadas. Sin embargo, normalmente no puede asumir ninguna deuda adicional y debe vivir con un presupuesto fijo.

Entonces, ¿qué tipos de deudas califican? Primero, sus deudas no garantizadas no deben exceder los $394,725 y sus deudas garantizadas no pueden exceder los $1,184,200.

Las deudas que califican incluyen reclamos generales no garantizados, como deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales, facturas médicas o servicios públicos vencidos. Solo terminará pagando un porcentaje de lo que debe a este tipo de acreedores; la cantidad exacta depende de cuánto deba y cuánto gane.

Hay ciertas deudas que debe pagar en su totalidad, incluso cuando se declara en bancarrota del Capítulo 13. Los reclamos de prioridad no garantizados deben pagarse en su totalidad e incluyen deudas tales como deudas de impuestos sobre la renta, manutención infantil o conyugal atrasada, y cualquier tarifa legal relevante.

Las deudas garantizadas, como una hipoteca, no tienen que pagarse en su totalidad durante el período del plan de pago. Sin embargo, debe mantenerse al día con sus pagos mensuales.

Si está atrasado en su hipoteca y enfrenta una ejecución hipotecaria, puede usar el período de pago para ponerse al día con sus pagos y salvar su casa. Sin embargo, si no continúa haciendo los pagos, todavía corre el riesgo de perder su casa a través de una ejecución hipotecaria.

¿Cómo sé si mis deudas califican?

Si todavía tiene problemas para determinar si sus deudas califican, tenga en cuenta que deberá hablar con un asesor de crédito, quien podrá responder muchas de sus preguntas. Además, siempre puede hablar con su tribunal local de quiebras. No pueden brindarle asesoramiento legal, pero pueden responder sus preguntas.

Una entrevista con un abogado de bancarrotas también es muy útil. Investigar el proceso es una buena manera de comenzar a explorar la descarga de deudas. Sin embargo, siempre es aconsejable pedirle a un profesional que analice su situación financiera personal para averiguar para qué califica realmente.

Aproveche su propio conocimiento más el asesoramiento de los expertos para tomar una decisión informada sobre la declaración de bancarrota.