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¿Son diferentes los instrumentos negociables del efectivo?

Hay tres tipos de instrumentos negociables:pagaré, letra de cambio y cheque.

Como dinero en efectivo Los instrumentos negociables son útiles para realizar pagos por bienes y servicios. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 4A del Código Uniforme de Comercio, que fue promulgada por el gobierno federal con el fin de armonizar la ley de transacciones comerciales en todos los estados, Los instrumentos negociables son diferentes al efectivo. El efectivo es más líquido que los instrumentos negociables, ya que el efectivo hace que las transacciones sean instantáneas. Los instrumentos negociables son documentos transferibles que garantizan los pagos en efectivo ya sea a la vista o en el futuro. Hay tres tipos de instrumentos negociables:pagaré, letra de cambio y cheque. Los artículos 3 y 4 de la UCC regulan los instrumentos negociables. La ley explica los requisitos para los títulos negociables y sus implicaciones legales.

Características de los instrumentos negociables

La persona que emite un título negociable se conoce como el fabricante, pagador o emisor, y la persona que recibe un título negociable se conoce como portador o beneficiario. Los instrumentos negociables son libremente transferibles de persona a persona. Por ejemplo, un beneficiario que recibe un cheque puede transferirlo a cualquier persona y autorizar a cobrarlo. La transferencia de títulos negociables no requiere trámites como escritura de transferencia, registro o impuesto de timbre. Los títulos negociables deben estar por escrito que incluyan caligrafía, mecanografía o impresión por computadora. Monto, el tiempo de pago y el beneficiario mencionado en los instrumentos negociables deben ser ciertos y específicos. El fabricante debe firmar el título negociable para que sea válido.

Pagaré

Un pagaré es un documento escrito en el que el emisor se compromete a pagar una cierta cantidad al beneficiario, ya sea a pedido o después de cierto tiempo. La promesa de pago del fabricante debe ser incondicional. Los deudores emiten pagarés por el dinero que deben a los beneficiarios. Por ejemplo, un certificado de depósito, o CD, es un pagaré en el que la institución financiera se compromete a pagar una determinada cantidad al beneficiario en una fecha futura.

Letra de cambio

Una letra de cambio involucra a tres partes:creador, deudor y beneficiario. En una letra de cambio, el hacedor ordena a su deudor que pague el monto adeudado a un tercero, o beneficiario, a pedido o en una fecha futura. El fabricante de una letra de cambio no se compromete a pagar. Es más, tanto el emisor como el beneficiario deben aceptar una letra de cambio para que sea válida.

Cheque

Un cheque, como una letra de cambio, involucra a tres partes:creador, banco y beneficiario. El emisor de un cheque le indica al banco que pague una cierta cantidad a un beneficiario. Hay tres tipos de cheques:cheque abierto, cheque no negociable y cheque al portador. Un cheque abierto permite al beneficiario cobrarlo en el mostrador del banco. Un cheque no negociable se acredita en la cuenta bancaria del beneficiario y no es transferible. Un cheque al portador es pagadero a cualquier persona que lo presente en el mostrador del banco para su pago.