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Cómo calificar para una extensión de beneficios por desempleo

En respuesta a las altas tasas de desempleo que enfrentaba el país a fines de la década de 2000, El Congreso actuó para ofrecer una extensión de las prestaciones por desempleo a escala nacional. La extensión fue aprobada en dos partes:la primera parte es de 13 semanas, y la segunda parte es un 7. Esto significa que podría ser elegible para 20 semanas adicionales de beneficios a través de las dos extensiones, totalizando otros 5 meses más allá de su límite actual. Para determinar si califica para cualquiera de las extensiones, considere los siguientes criterios.

Calificación para la primera extensión

La gran mayoría de las personas que perdieron sus trabajos en la ola más reciente de despidos nacionales descubrirán que están calificadas para la primera extensión de beneficios. Para calificar, usted debe:

  • Estar total o parcialmente desempleado después del 6 de junio, 2008
  • Agote todas sus reclamaciones regulares del seguro de desempleo
  • No califica para presentar un nuevo reclamo
  • Presentar una reclamación válida a partir del 7 de mayo, 2006
  • Tener un reclamo de seguro de desempleo regular donde la cantidad total ganada es más de 40 veces la cantidad de su beneficio semanal en un período base determinado o más de 1,5 veces la cantidad más alta del trimestre en su período base

Un período base es un bloque de tiempo de 12 meses. Cada período base se divide en cuatro trimestres que constan de tres meses. Su período base se determina en los primeros cuatro trimestres después de presentar un reclamo, o el primer año de prestaciones por desempleo. Si califica, es elegible para el monto de su beneficio semanal hasta un beneficio máximo de:80 por ciento del máximo de su reclamo regular o 20 veces el beneficio semanal de su reclamo regular, el que sea menor.

Calificación para la segunda extensión

Para calificar para la segunda extensión, la misma información que se muestra arriba debe seguir siendo cierta. Debe haber cobrado todos los beneficios de la primera extensión antes del 26 de diciembre. 2009. La segunda extensión está disponible solo una vez que se ha agotado la primera extensión. En ese punto, califica para el monto de su beneficio semanal hasta un beneficio máximo de:50 por ciento del beneficio máximo de su reclamo regular o 13 veces el monto del beneficio semanal de su reclamo regular. Como se puede ver, los montos de sus beneficios serán más bajos en la primera extensión que en el reclamo original y luego volverán a bajar en la segunda extensión.

Solicitar la extensión

La buena noticia acerca de este programa es que tiene que hacer muy poco para determinar si está calificado. Si está calificado, recibirá una actualización por correo sobre su elegibilidad, y quedará inscrito automáticamente para seguir recibiendo beneficios. Tenga esto en cuenta:debe estar constantemente buscando un nuevo trabajo mientras cobra el seguro de desempleo. También debe informar cualquier ingreso que reciba. Si no logra hacer ninguna de las dos cosas, estará cometiendo fraude de seguros. Esto se castiga con la devolución de cada dólar que haya recaudado. Es posible que deba pagar multas adicionales o incluso estar sujeto a sanciones penales si la cantidad que recibe es grande o si comete el fraude más de una vez.