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¿Qué son las ganancias permitidas en caso de discapacidad?

Si ha presentado y ganado un reclamo por discapacidad del Seguro Social, está recibiendo beneficios mensuales de la Administración del Seguro Social. La agencia ha aprobado su reclamo y ha dictaminado que su discapacidad le impide realizar su trabajo anterior relevante. u otro trabajo dentro de sus limitaciones, a tiempo completo. Sin embargo, tiene derecho a obtener ingresos mientras está discapacitado.

Período de prueba de trabajo

Mientras tenga una discapacidad, Las reglas del Seguro Social establecen un período de trabajo de prueba, durante el cual puede trabajar y obtener ingresos ilimitados. El período de prueba de trabajo está limitado a nueve meses; cada mes en el que gana $ 720 o más cuenta para el período. Durante el período de trabajo de prueba, su beneficio por discapacidad completo continúa.

Actividad sustancial y lucrativa

Una vez que haya pasado el período de prueba de trabajo, sus ingresos se limitan a lo que se conoce como la cantidad sustancial de actividad lucrativa. En 2011, esta cantidad es $ 1, 000 por mes, antes de los impuestos. Si gana más que la cantidad sustancial de actividad lucrativa después de completar un período de trabajo de prueba, se suspenderán sus beneficios por discapacidad.

Límite de cinco años

Los nueve meses del período de trabajo de prueba no tienen que ser consecutivos. Se contabilizan durante un período máximo de cinco años. Si trabaja y gana más de $ 700 por mes en nueve meses durante un período de cinco años, entonces ha completado su período de prueba de trabajo.

Reinstalación

Si se suspenden sus beneficios, pero luego descubre que no puede continuar trabajando debido a su discapacidad, puede restablecer los beneficios simplemente solicitando al Seguro Social que lo haga. Este restablecimiento acelerado puede tener lugar dentro de un máximo de cinco años después de que finalicen sus beneficios. Si han pasado más de cinco años, tiene que presentar una nueva solicitud de discapacidad.

Reportando

Cada vez que regrese al trabajo, debe informar ese hecho al Seguro Social. Debe informarles el nombre de su empleador, dirección y número de teléfono, la naturaleza de tu trabajo, y la cantidad de dinero que está ganando. También debe informar el trabajo por cuenta propia al Seguro Social. Si no informa las ganancias del empleo, El Seguro Social puede suspender inmediatamente sus beneficios por incumplimiento de las reglas.