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Comentario de los Fondos Europeos:El Tribunal Europeo Supremo responsabiliza a las empresas matrices de los daños causados ​​por los cárteles a las filiales

En un fallo importante la semana pasada, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE), el tribunal más alto de la UE, sostuvo que la responsabilidad de una empresa matriz por daños y perjuicios en una acción civil subsiguiente sigue el mismo camino que la responsabilidad por multas antimonopolio. La sentencia del Tribunal sobre esta cuestión no resuelta anteriormente tiene consecuencias de gran alcance para los gestores de fondos de capital privado y sus inversores. que pueden verse inesperadamente responsables de una infracción de la legislación europea en materia de competencia.

En el contexto de las multas por conducta de cártel - y otras formas de comportamiento anticompetitivo - se ha establecido desde hace mucho tiempo que, si una empresa matriz tiene una "influencia decisiva" sobre una subsidiaria, entonces es solidariamente responsable con él de cualquier sanción, sobre la base de que las entidades juntas forman un "todo único". Para las subsidiarias de propiedad total (o casi de propiedad total), existe una presunción de “influencia decisiva”.

Como informamos el otoño pasado, el Tribunal General de la UE confirmó en el recurso de casación Prysmian caso de que el principio de “responsabilidad parental” también se extienda a los inversores financieros. Como resultado, En ese caso, se consideró que el fondo de capital riesgo pertinente en ese caso era solidariamente responsable de la participación de una de sus empresas de cartera en un cártel. Esto fue a pesar de que el fondo no tenía conocimiento de, o participación en, el comportamiento anticompetitivo de su cartera y que el cartel en realidad fue anterior a la inversión. (Ese caso se encuentra actualmente en apelación del Tribunal General ante el TJCE).

Dado que las leyes nacionales de competencia de los estados miembros de la UE se basan en la ley de competencia de la UE y deben interpretarse de conformidad con esa ley, el concepto de responsabilidad parental también existe a nivel nacional. Hasta ahora, sin embargo, Ha sido incierto si el mismo principio de responsabilidad parental también se aplica a las demandas civiles por daños y perjuicios que surgen de la decisión de multa subyacente.

La semana pasada, el TJCE encontró que esto era, De hecho, el caso. La pregunta fue objeto de una remisión del Tribunal Supremo de Finlandia en un caso que involucraba a tres empresas que habían adquirido objetivos que habían participado en cárteles. Las tres empresas se opusieron a la responsabilidad por daños y perjuicios sobre la base de que, entre otras razones, el principio de responsabilidad parental se aplica únicamente a multas y no se extendió a daños y perjuicios en una demanda civil bajo la ley finlandesa.

La legislación finlandesa guarda silencio sobre la atribución de responsabilidad por los daños causados ​​por una infracción de la legislación de competencia de la UE. Las normas finlandesas sobre responsabilidad civil se basan en el principio de que solo la persona jurídica que causó el daño es responsable. Como consecuencia, se planteó la cuestión de si la responsabilidad por daños y perjuicios derivados de conductas anticompetitivas debe determinarse de conformidad con la legislación de la UE en materia de competencia, o derecho civil finlandés. El Tribunal Supremo de Finlandia remitió esta cuestión al TJCE.

El TJCE sostuvo que “ las acciones de indemnización por daños y perjuicios por infracción de las normas de competencia de la UE forman parte integrante del sistema de aplicación de dichas normas, que tengan por objeto sancionar el comportamiento contrario a la competencia por parte de las empresas y disuadirlas de participar en dicho comportamiento ”. El concepto de " empresa " (cuales, en la legislación de competencia de la UE, cubre todas las empresas que operan como una sola unidad económica bajo control común) no podría, por lo tanto, tienen un alcance diferente para la imposición de multas que para la adjudicación de daños y perjuicios. En breve, el TJCE consideró que permitir que las empresas matrices eludan la responsabilidad por daños y perjuicios en virtud del Derecho civil nacional frustraría el objetivo de la aplicación efectiva de la legislación de competencia de la UE.

Como resultado de esta decisión, la responsabilidad potencial de las empresas matrices, incluidos los patrocinadores de capital privado, ha aumentado significativamente, presionar aún más la diligencia debida del derecho de la competencia y las políticas y procedimientos en curso, y hacer que el resultado de la Prysmian atractivo aún más crucial.